Derecho al aborto


 

El derecho al aborto se ve limitado, o directamente eliminado, cuando la derecha más radical alcanza el poder institucional. Lo hemos visto recientemente en Estados Unidos, donde en aquellos estados donde gobiernan los republicanos han puesto numerosas trabas a la interrupción voluntaria del embarazo, llegando prácticamente a su prohibición; en Hungría, donde se han aprobado leyes que coaccionan a las mujeres que pretenden abortar; y más recientemente en la Comunidad de Castilla y León en la que el gobierno autonómico de coalición PP-VOX ha presentado un supuesto protocolo, que en principio obligaría a los médicos a ofrecer a las mujeres que pretendan abortar que oigan los latidos del feto y contemplen una ecografía 4D del mismo, para que desistan de que se les realice una práctica abortiva. Aunque finalmente parece que tal protocolo no ha llegado a aprobarse y se deja en manos de los médicos ofrecer esas medidas a las mujeres que lo soliciten, lo cierto es que la propuesta, más allá de las reacciones políticas, ha sido objeto de intenso debate en redes y medios de comunicación.

En este artículo se hará un breve recorrido sobre las prácticas abortivas a lo largo de la historia y la actitud de la sociedad ante las mismas, se analizará el derecho al aborto como derecho humano y se recordará como se recoge el derecho al aborto en el mundo y en la legislación española actual.

El aborto a lo largo de la historia

La práctica voluntaria del aborto se viene realizando desde el principio de los tiempos. En el Antiguo Egipto el papiro de Ebers, fechado en el 1.500 a.C., contiene recetas para provocar abortos. En la Antigüedad griega y romana no era considerado un delito: el filósofo Sócrates lo consideraba un derecho de las mujeres en el que el hombre no debía intervenir; Sorano de Éfeso, considerado el padre de la ginecología, en el siglo II recomendaba que la práctica del aborto se realizara mediante algodones con ungüentos, aunque desaprobaba el uso de medios físicos, por el peligro que entraña para las mujeres.

En la iglesia católica desde San Agustín hasta Santo Tomás de Aquino, consideraban que el alma no se introducía en el cuerpo hasta la formación del cuerpo y esta idea fue la adoptada por la Iglesia en el Concilio de Vienne en 1312. Durante toda la Edad Media se mantuvo esa teoría de la animación del feto para poder ser considerada persona. Según la época y los autores la fecha de la animación variaba entre los noventa y los cuarenta días. Fue en 1869 cuando el Papa Pío IX determinó que los embriones poseen un alma a todos los efectos desde el momento de la concepción, por lo que su eliminación debía considerarse un homicidio. Esta opinión de la Iglesia condicionó la de la mayor parte de los países del mundo occidental.

El primer estado en legalizar el derecho de la mujer al aborto fue la Unión Soviética en 1920, seguida, después de la II Guerra Mundial de muchos países europeos.

El derecho al aborto como derecho humano

Según la Human Rights Watch el acceso al aborto seguro y legal es una cuestión de derechos humanos. Desde Naciones Unidas se hacen llamamientos periódicos a los gobiernos para que despenalicen el aborto, ya que la negación de este derecho puede poner en riesgo otros derechos humanos protegidos internacionalmente, como el derecho a no sufrir discriminación y a la igualdad; a la vida, la salud y la información; a la privacidad y la autonomía e integridad física; a decidir sobre número y espaciamiento de hijos y a la libertad de conciencia y religión. Desde esta asociación consideran que “el derecho internacional de los derechos humanos y la jurisprudencia relevante abonan la conclusión de que las decisiones sobre aborto corresponden únicamente a la persona embarazada, sin injerencia ni restricciones irrazonables por parte del Estado o de terceros”.

La ley española que garantiza el derecho al aborto considera derechos fundamentales de la mujer “su derecho al libre desarrollo de la personalidad, a la vida, a la integridad física y moral, a la intimidad, a la libertad ideológica y a la no discriminación”.

El derecho al aborto en el mundo

Si bien en los último años ha habido importantes avances en el reconocimiento de este derecho en países como Argentina, Colombia, México o Ecuador, en otros muchos países ese derecho de las mujeres continúa siendo penado. Prácticamente el 50% de mujeres en edad reproductiva viven en países donde el aborto está fuertemente restringido. En otros países ese derecho ha sufrido una clara regresión. Es el caso de Estados Unidos, donde la Corte Suprema ha acordado que el derecho al aborto no está amparado por la Constitución. Eso ha hecho que casi la mitad de los estados, donde gobierna el partido republicano, se han establecido limitaciones tan restrictivas que en la práctica hacen inviable el derecho al aborto. En los países que conforman la Unión Europea, Polonia es uno de los países con una política de aborto más restrictiva. En 2020 su Tribunal Constitucional eliminó uno de los únicos tres supuestos en los que estaba permitido abortar, por defecto fetal grave e irreversible o enfermedad que haga inviable la vida del feto. También Hungría pone numerosas trabas a las mujeres que deseen abortar.

Muchas mujeres que desean interrumpir su embarazo se ven obligas a desplazarse a otros países, opción para la que no todas las mujeres tienen recursos económicos, con lo qué la desigualdad económica se suma a las restricciones legales que impiden ese derecho.

En España, aunque la ley señala que la prestación sanitaria de la interrupción voluntaria del embarazo se realizará en centros de la red sanitaria pública o vinculados a la misma, en la realidad esto es excepcional, ya que casi el 85% de los abortos se hacen en centros privados, lo que supone una importante barrera al acceso al aborto

Sin embargo las restricciones a ejercer el derecho al aborto no implican la disminución de su número, sino que provocan que más mujeres y niñas deben poner su vida en peligro para poder abortar. De hecho se calcula que en los países donde se reconoce el derecho al aborto lo practican 37 de cada mil mujeres frente a las 34 que lo hacen donde ese derecho está restringido.

El derecho al aborto en la legislación española

A pesar de la lucha del movimiento feminista durante la década de los años setenta del pasado siglo a favor de su despenalización, el aborto estuvo prohibido en España hasta 1985. Antes de esa fecha numerosas mujeres, las que disponían de medios económicos, debían desplazarse a Reino Unido o a Países Bajos, donde se podía abortar. Se calcula que entre 1974 y 1985 fueron unas 240.000 mujeres las que viajaron a esos países para poder abortar. Otras muchas, de las que no existen datos, tuvieron que abortar clandestinamente, generalmente sin las mínimas condiciones higiénicas y sanitarias, con grave peligro para su vida.

En esta primera ley solo se contemplaba el aborto en tres supuestos: en caso de violación, malformación grave del feto y en caso de riesgo grave para la salud física o psíquica de la mujer embarazada. A pesar de los ataques que sufrió por parte de los partidos de la derecha y de la iglesia católica, la ley se mantuvo sin más cambios durante veinticinco años.

Una nueva ley se aprobó el año 2010. Se trata de la “Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del embarazo”. Autoriza el aborto de manera voluntaria y sin necesidad de justificación hasta las catorce semanas de gestación o hasta las veintidós semanas en caso de riesgo para la salud o la vida de la madre o el feto. El Partido Popular presentó un recurso ante el Tribunal Constitucional, que aun no ha sido resuelto, por considerar que vulneraba los derechos del no nacido. El año 2014 quien fuera ministro de Justicia por el Partido Popular, Alberto Ruiz Gallardón, pretendió derogar la ley aunque, tras las protestas en la calle contra esta medida, no lo pudo llevar a cabo y finalmente esto provocó la salida del ministro. El año 2015 la ley se hizo más restrictiva ya que limitó este derecho a las mujeres con discapacidad, se eliminó la posibilidad de elección para las jóvenes antes de cumplir los 18 años, que debían contar con la aprobación de sus padres, e introdujo la obligación de que las mujeres dispusieran de tres días de reflexión antes de decidir continuar con en aborto.

Ante los numerosos casos de acoso que se realizaba a las mujeres que pretendían interrumpir su embarazo, en abril de 2022 se aprobó una modificación del código penal “para penalizar el acoso a las mujeres que acuden a clínicas para la interrupción voluntaria del embarazo”. Por último el pleno del Congreso aprobó la reforma de la ley de Salud Sexual y Reproductiva, con la que se pretende garantizar una educación sexual en todas las etapas de la enseñanza obligatoria, la incorporación de la salud menstrual como derecho y devolver la capacidad para decidir sobre el aborto a las mujeres con discapacidad y a las que tengan 16 y 17 años.

Algunas conclusiones

El derecho a la interrupción voluntaria del embarazo no es una concesión que los gobiernos hacen a sus ciudadanas, sino que es un derecho fundamental de las mujeres, relacionado con el derecho a decidir sobre su propio cuerpo. En todo caso se trata de un derecho que afecta exclusivamente a la mujer y sobre el que nadie más puede decidir.

Entre las razones que algunos aducen para impedir esa práctica se señala la necesidad de potenciar la natalidad, especialmente en zonas donde cada vez se está produciendo un mayor envejecimiento de la población. Pero la verdad es que los datos desmienten esa opinión. De hecho el número de abortos que se realizan en países donde su práctica está prohibida, es prácticamente similar a los que se producen donde está legalizada. La mayor diferencia estriba en que en los lugares donde su práctica está prohibida, sólo lo pueden realizar en condiciones seguras quienes tengan los recursos necesarios para poder realizarla en otro país, mientras que el resto debe hacerlas en condiciones sin las menores medidas sanitarias, poniendo en grave peligro la salud de mujeres y niñas.

La razón de fondo por la que se prohíben los abortos es la convicción de algunos dirigentes políticos de que tienen derecho a imponer sus convicciones morales o religiosas al resto de la población y muy especialmente a las mujeres. Cada ciudadano tiene derecho a que se respeten sus convicciones morales, políticas y religiosas, pero no a imponerlas al resto de la población. Por esta razón, negar el derecho al aborto supone un ataque a los principios democráticos. Es una forma de autoritarismo sexual que supone una clara regresión de estos principios, como estamos viendo en los Estados Unidos de Trump, el Brasil de Bolsonaro o la Hungría de Orban.


Comentarios

  1. Es una ley. Me queda un cierto mal sabor de boca cuando se habla de un derecho. Es un fracaso de la sociedad. Con todo lo que se diga, se mata un ser humano. De un embarazo no van a salir unos alicates o un cocodrilo. Estamos también cercenando los derechos de un ser humano a vivir y desarrollarse. No me opongo a la ley en absoluto. Ardino Urpiales

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  2. Nadie tiene derecho a decidir en la voluntad de otro, el derecho al aborto es un derecho fundamental de la embarazada, es ella y su cuerpo y nadie debe decidir por ella ,

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